Expte. Nº 50/2018
Partido: “HOGAR SOCIAL DE BERISSO vs. UNIVERSITARIO”
Categoría: PREMINI-MINI

Dar VISTA de las presentes actuaciones al club HOGAR SOCIAL DE BERISSO y a su entrenador Sr. L. ZANAZZI a efectos que eleven sus descargos, atento lo informado por los arbitros del partido, Sres. Juan Aude y Emiliano Panizza, todo dentro del plazo de TRES (3) DIAS HABILES, en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación copia del informe que diera origen a las presentes.

SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 21 de Septiembre de 2018.-

 

0

Expediente Nº 51/2018
Partido: “ATENAS vs RECONQUISTA”
Categoría: U-21

Dar VISTA de las presentes actuaciones al Club RECONQUISTA, al Entrenador GABRIEL LOPEZ DE IPIÑA y al Jugador AZURABARREVA (Licencia 265) a fin de que eleven sus descargos por escrito dentro del plazo de TRES (3) DIAS HABILES, atento al informe realizado por los arbitros Facundo Criado y Heber Capra. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda adisposición en la Secretaria de la Asociación copia del informe que diera origen a las presentes.

SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 21 de septiembre de 2018.-

0

La Plata, 21 de septiembre de 2018.-

Expte. Nº 41/2018   
Partido: “UNIVERSAL vs. MERIDIANO V”   
Categoría: MAYORES
Encontrándose presentes los miembros del Tribunal de Penas
Presidente: Dr. Andrés Blas ROMÁN
Secretario: Dr. Javier Enrique MENNA
Vocal Titular: Dr. Nicolás BERSTCH
Vocal Titular: Dr. Manuel FERNANDEZ
Vocal Titular: Dr. Bernardo BRAVIZ LOPEZ
Vocal Suplente: Dr. Martín MALUENDEZ
Vocal Suplente: Dr. Hernán MENESES

VISTO: 

La conmutación de pena solicitada por el Sr. Martín SARDANOPOLI (Licencia Nº 591),  jugador del Club Meridiano V, y
CONSIDERANDO:
I.-   Que el mismo ha sido interpuesto en tiempo y forma.
II.- Que mediante el remedio utilizado, se pretende la conmutación de la sanción de 4 fechas de suspensión aplicada al jugador por éste Tribunal, mediante el fallo dictado con fecha 12 de SEPTIEMBRE de 2018.
III.- Que resulta oportuno destacar, y conforme lo informado por la Secretaria de la Apdeb, que hasta la fecha el Sr. Sardanopoli ha cumplido TRES (3) partidos de suspensión, con lo cual se encontraría cumplido con los dos tercios de la pena impuesta.  
IV. No obstante lo cual cabe referir, que los artículos 50º y 51٥ del Código de Penas precisan que resulta facultad exclusiva de este Tribunal considerar y otorgar la reducción o conmutación de penas solicitadas de acuerdo con la gravedad de la sanción impuesta, no operando de forma automática en ningún caso. 
V. Por otra parte, atento a las consideraciones tenidas presentes al momento de sancionar y las circunstancias particulares del mismo,
Por todo lo expuesto, este Tribunal:

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º. ACEPTAR la solicitud de CONMUTACIÓN de UN (1) PARTIDO de la pena impuesta en estas actuaciones al Sr. Martín SARDANOPOLI (Licencia Nº 591),  jugador del Club Meridiano V, en mérito a lo dispuesto en los artículos 50º y 51º del CODIGO de PENAS.
ARTICULO 2º. Publíquese íntegramente la presente resolución en el Boletín Oficial.-